¿Qué cubre un seguro de vida? Coberturas y garantías básicas de tu seguro

Llega un momento en el que piensas en asegurar lo más preciado que tienes: tu propia vida. Para ello, empiezas a comparar las distintas pólizas que encuentras en el mercado, pero ¿tienes claro qué tiene que cubrir un seguro de vida?

Si quieres que tus seres queridos queden protegidos en el momento en el que tú ya no estés, contratar un seguro de vida riesgo es la mejor opción. De esta manera, tendrás la tranquilidad de que los beneficiarios del seguro de vida que decidas recibirán una indemnización al momento de tu partida. Sin embargo, la indemnización por fallecimiento no es lo único que cubre un seguro de vida: en Kelisto te explicamos las coberturas más interesantes de los seguros de vida riesgo para que las tengas en cuenta a la hora de suscribir tu póliza.

¿Cómo elegir los mejores seguros de vida?

Antes de hablar sobre qué cubre un seguro de vida, debes tener en cuenta que elegir entre estos seguros puede resultar complicado, debido a la gran cantidad de compañías que ofrecen estas pólizas, cada una de ellas con unas características distintas. Por otro lado, también es posible que te estés planteando contratar un seguro de vida con tu hipoteca para así conseguir un mejor precio en tu financiación, pero en este caso seguramente tendrás que adquirir la póliza a través de tu banco. Si esta no es tu situación y necesitas ayuda para buscar entre todas las ofertas, Kelisto pone a tu disposición el comparador de seguros de vida con el que podrás acceder a todos los resultados que ofrecen las aseguradoras más importantes del mercado.

Además, para facilitarte todavía más a encontrar el seguro de vida que mejor se adapte a tus necesidades, en nuestra web también te ofrecemos el ranking con los seguros de vida más baratos que actualmente tienen las compañías, y nuestro artículo sobre quién ofrece el mejor seguro de vida.

¿Qué cubre un seguro de vida?

La cobertura más básica del seguro de vida es el fallecimiento. Además del fallecimiento, el seguro de vida puede cubrir otros riesgos adicionales, como riesgos de incapacidad temporal o permanente, incapacidad parcial o absoluta o fallecimiento por causas especiales, tales como enfermedad grave o accidente.

Cobertura de fallecimiento

Es la cobertura más importante del seguro de vida riesgo: sin la indemnización por fallecimiento, no hay seguro de vida. Lógicamente, los beneficiarios de este seguro no pueden coincidir con el asegurado. Ahora bien, dentro de esta cobertura, las aseguradoras pueden ofrecer varios servicios que varían de una compañía a otra:

  • Gastos del sepelio

Aunque es un servicio propio de los seguros de decesos, algunas aseguradoras lo ofrecen en sus seguros de vida riesgo, como Segurvital o Antares. Eso sí, no suelen incluirlo completo: en el caso de estas dos compañías, por ejemplo, solo se harán cargo del 15% de los gastos.

  • Capital de fallecimiento

Hace referencia a la cantidad que recibirán los beneficiarios en el caso de la muerte del tomador del seguro, que se irá revalorizando con el tiempo. En esta cobertura, es muy interesante que nuestro seguro contemple el doble (o incluso el triple) del capital asegurado cuando el fallecimiento se produzca en accidentes o accidentes de circulación. De esta manera, el fallecimiento siempre estará asegurado, pero contará con una indemnización mayor si la muerte no se da por causas naturales.

Por ejemplo, si el tomador contrata una póliza de vida riesgo con un capital asegurado de 100.000 euros y fallece como consecuencia de un accidente, la indemnización que recibirán los beneficiarios será de 200.000 euros (doble capital). En caso de que haya un triple capital asegurado por accidentes de tráfico, los beneficiarios recibirán 300.000 euros (triple capital).

  • Causas del fallecimiento

Debes asegurarte de que el seguro de vida riesgo que contrates cubra cualquier causa del fallecimiento, para luego no tener problemas con la aseguradora. Dentro de estas causas deben estar la muerte natural del asegurado, fallecimiento por accidente o el deceso como consecuencia del suicido. Esta última causa viene recogida en el artículo 93 de la Ley del Contrato de Seguro: “salvo pacto contrario, el riesgo de suicidio del asegurado quedará cubierto a partir del transcurso de un año del momento de la conclusión del contrato. A estos efectos se entiende por suicidio la muerte causada consciente y voluntariamente por el propio asegurado”. Es decir que, si el tomador del seguro comete suicidio durante el primer año de la contratación de la póliza, las aseguradoras pueden negarse a pagar la indemnización.

Seguros con cobertura de fallecimiento más baratos

FALLECIMIENTO
  • Cobertura de coronavirus
  • Trámites de gestoría
  • Anticipo para gastos funerarios (5.000€)
34,00
FALLECIMIENTO
  • Cobertura de coronavirus
  • Trámites de gestoría
  • Anticipo para gastos funerarios (3.500€)
42,04
FALLECIMIENTO
  • Cobertura de coronavirus
  • Anticipo para gastos funerarios (3.000€)
  • Opción de doble capital
44,13

Fuente: Kelisto.es. Las tarificaciones se realizaron el 08/01/2021. Para calcular el precio de las pólizas en las diferentes compañías, en la simulación el capital asegurado se fijó en 50.000 euros para una persona de 35 años.

Cobertura de invalidez absoluta permanente

Además del seguro de fallecimiento, existe el seguro de vida que cubre la invalidez absoluta permanente. En estos casos, el beneficiario y el asegurado puede coincidir, al igual que ocurre en los seguros por incapacidad temporal, que veremos más adelante. Para tener una póliza lo más completa posible, es interesante contratar un seguro de vida riesgo que incluya esta cobertura. Dentro de la cobertura de invalidez, debes tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Invalidez absoluta permanente

El más importante, ya que garantiza que recibirás la indemnización en caso de que sufras este tipo de invalidez por cualquier causa, incluida el accidente. En estos casos, las aseguradoras pueden adelantar parte del capital asegurado que estaba destinado al fallecimiento, o pagar la indemnización completa. Lee bien la póliza de tu seguro para asegurarte de que tienes cubierta la invalidez y cuál sería la cantidad que tu compañía debe pagar.

  • Doble o triple capital por accidente o accidente de tráfico

Algunos seguros de vida riesgo incluyen en sus coberturas el doble capital asegurado por una invalidez por accidente, y el triple capital si la invalidez se ha producido por un accidente de tráfico. Sucede lo mismo que en el doble o triple capital por fallecimiento: en el supuesto de tener un capital asegurado de 100.000 euros y sufrir una invalidez por accidente, el beneficiario recibirá una indemnización de 200.000 euros. Si el accidente ha sido un accidente de tráfico, la indemnización será de 300.000 euros.

  • Causas de la invalidez

Al igual que sucede en el seguro de fallecimiento, las causas que cubre un seguro de vida por invalidez pueden variar. Asegúrate de que tu póliza incluya la indemnización por invalidez debido a accidentes, accidentes de tráfico o intento de suicidio.

Seguros con cobertura de invalidez más baratos

INVALIDEZ
  • Asistencia telefónica 24H
  • Anticipo para gastos funerarios (3.000€)
  • Edad de renovación hasta 75 años (fallecimiento)
41,56
INVALIDEZ
  • Cobertura de coronavirus
  • Asistencia telefónica 24H
  • Anticipo para gastos funerarios
47,50
INVALIDEZ
  • Coberturas de coronavirus
  • Adelanto por enfermedad
  • Anticipo para gastos funerarios
55,60

Fuente: Kelisto.es. Las tarificaciones se realizaron el 08/01/2021. Para calcular el precio de las pólizas en las diferentes compañías, en la simulación el capital asegurado se fijó en 50.000 euros para una persona de 35 años.

Cobertura de incapacidad

Los seguros de vida que cubren una incapacidad, ya sea permanente o temporal, son comunes en los autónomos y trabajadores. En este tipo de seguro, la indemnización se pagará en caso de sufrir algunas de estas incapacidades, aunque hay varias cuestiones a tener en cuenta:

  • Incapacidad permanente total

Hace referencia a la inhabilitación de un trabajador para realizar su profesión. Se diferencia de la invalidez permanente absoluta en que, en este último caso, el trabajador no puede desempeñar ningún tipo de trabajo, mientras que en la incapacidad permanente total podría dedicarse a otra actividad.

  • Incapacidad permanente temporal

En este supuesto, el trabajador no puede realizar su actividad durante un tiempo determinado, debido a una enfermedad u otra causa.

  • Indemnización diaria por enfermedad o accidente

En los casos en los que el asegurado sufra una incapacidad temporal, la aseguradora puede retribuirle con una indemnización por cada día que esté de baja. Al leer la póliza del seguro de vida que vas a suscribir, ten en cuenta todas estas cuestiones para saber si te corresponde este tipo de indemnización en el momento en el que algo te impida trabajar, tanto de forma parcial o temporal como de forma permanente.

Otras coberturas de tu seguro de vida

Además de todo lo que ya hemos visto sobre qué cubre un seguro de vida, existen otros servicios que tu póliza puede incluir. Estos son algunos de los más interesantes:

  • Gestoría y asesoramiento

Una de las más importantes, ya que tu aseguradora te asesorará en caso de que quieras hacer testamento, o cuando haya que hacerse cargo de las gestiones pertinentes debido al fallecimiento del asegurado. Es un servicio que incluyen la mayoría de las compañías, entre ellas, Antares.

  • Anticipo de capital

Algunas aseguradoras ofrecen un anticipo del capital en caso de fallecimiento para, por ejemplo, poder hacerse cargo de los gastos del sepelio. Cada compañía establecerá una cantidad máxima que está dispuesta a adelantar.

  • Asistencia médica y segunda opinión médica

Aunque estas coberturas son más características de los seguros de salud, algunas pólizas de vida también ofrecen estos servicios. Las más conocidas son Santalucía y Axa.

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