¿Qué cubre un seguro para inquilinos?

Los seguros para inquilinos son muy necesarios para aquellas personas que vivan de alquiler, ya que estarán protegidas en caso de robo de sus pertenencias o para casos en los que haya que cubrir su responsabilidad civil por daños a terceros.

Si vives de alquiler, la póliza de hogar que necesitas es un seguro de hogar para inquilinos. Aunque el casero tenga una póliza de vivienda, esta no te cubrirá ni a ti ni a tus pertenencias, por lo que el contratar un seguro de contenido para inquilinos es una de las mejores decisiones que puedes tomar.

¿Qué diferencia a un seguro de hogar de un seguro de inquilinos?

Un seguro de hogar es aquel que cubre los posibles desperfectos o daños que pueda sufrir tu propia casa. Con este tipo de póliza tendrás asegurado tanto el continente (el edificio) como el contenido (los bienes que guardes en tu vivienda). Sin embargo, ten en cuenta que existen situaciones que no cubre tu seguro de hogar, por lo que deberás leer atentamente el contrato antes de suscribirlo.

Si estás viviendo de alquiler, este seguro cubrirá a tu casero y las pertenencias de este, pero no las tuyas ni los posibles daños que puedas ocasionar accidentalmente. Por ello, es necesario que contrates un seguro de contenido para inquilinos, con el que tus pertenencias quedarán cubiertas.

Los seguros para inquilinos no son obligatorios, pero sí muy recomendables: el arrendatario estará totalmente cubierto en casos como robos en hogares, incendios, posibles desperfectos en sus pertenencias y reclamación de fianzas.

Coberturas del seguro de hogar para inquilinos

El seguro de inquilinos cubrirá los daños que puedan sufrir sus pertenencias. Por ejemplo, en caso de robo, el seguro para inquilinos te cubrirá la indemnización.

Pero esta póliza también cubrirá la Responsabilidad Civil del arrendatario en casos en los que, por ejemplo, dejes un grifo abierto que provoque alguna gotera en la casa del vecino.

Otra de las coberturas de los seguros de hogar para inquilinos es que, en casos en los que el arrendador no quiera devolverte la fianza cuando abandones su vivienda, se incluye la reclamación de fianzas al casero, tanto de forma amistosa como de forma judicial si fuera necesario.

Como en todo tipo de seguros, a la hora de contratar un seguro para inquilinos tienes que tener en cuenta qué limites y exclusiones tendrá tu póliza. Esto evitará una sorpresa desagradable a la hora de reclamar una indemnización.

¿Qué compañías ofrecen seguros para arrendatarios?

Ahora que sabes qué cubre un seguro para inquilinos y arrendatarios, es hora de que conozcas las distintas compañías en las que podrás contratar este tipo de póliza.

Una de las opciones más completas es la de Caser, con su seguro Inquilinamente. Esta aseguradora ofrece defensa frente al casero, ya sea por incumplimiento de contrato o abandono de sus obligaciones; recuperación de fianzas, tanto amistosa como judicial; y ayuda jurídica telefónica para el asesoramiento en el contrato de alquiler. Otras coberturas de Caser Inquilinamente son los daños por agua, recomposición estética del contenido y servicios de bricolaje (uno de los servicios extra que puede tener tu seguro de hogar) y electricidad.

El  seguro para inquilinos de FiatC también cubrirá los daños por agua y eléctricos, así como rotura de cristales, robo o expoliación. La responsabilidad civil a terceros cuenta con un capital máximo de 180.000 euros. Además, en su servicio de asistencia en el hogar incluye servicios de cerrajería, bricolaje y orientación médica telefónica.

Pelayo ofrece el seguro Hogar Vivienda Alquilada, que cubre el incendio, robo, sustitución de cerraduras, y daños eléctricos, además de otras coberturas muy interesantes como protección ante actos vandálicos o malintencionados y atraco fuera del hogar.

La póliza Hogar Alquiler de Mutua Madrileña es también otra de las propuestas interesantes del mercado. Incluye las coberturas de incendio, explosión, caída de rayos y otros fenómenos atmosféricos. Además, este seguro es recomendable tanto para inquilinos como para propietarios: a los primeros se les cubrirá ante el robo de sus pertenencias y se le brindará servicio de asistencia en el hogar, además de la cobertura de responsabilidad civil. En el caso de propietarios de la vivienda, tendrán asistencia legal en caso de desahucio (con un límite de 3.000 euros), actos vandálicos del inquilino, limpieza del hogar cuando se cambie de alquilado y protección ante el impago de la renta.

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