Consejos para hacer la declaración de la renta

Consigue la mejor cuenta para ti y saca más partido a tu dinero
Imagen de banner
Realizar la declaración de la renta no es complicado, pero, si no estás familiarizado con el proceso, puede que te surjan dudas. En Kelisto te damos algunas claves para que el Fisco no te pille desprevenido.

Con la llegada de la Campaña de la Declaración de la Renta de 2019, es posible que necesites refrescar algunos conocimientos tributarios para no cometer errores a la hora de ajustar cuentas con Hacienda.  Para hacerte la vida más fácil, en Kelisto hemos elaborado una guía de consejos para hacer la declaración de la renta en la que resolvemos algunas de las dudas más comunes que pueden surgirte en el proceso. Además, te recomendamos que leas nuestro artículo sobre los 10 errores que debes evitar en tu declaración de la renta para que sepas cómo esquivar los fallos más habituales en los que podrías incurrir.

Las fechas clave de la declaración de la renta

El primero de los consejos para hacer la declaración de la renta que debes tener claro son las fechas que deberás marcar en tu calendario:

  • 1 de abril: comienzo de la campaña.
  • 5 de mayo: inicio del servicio de cita previa presencialmente en oficinas o a través del servicio telefónico “Le llamamos”.
  • 17 de mayo: inicio del servicio de confección de declaraciones en oficinas de la Agencia.
  • 25 de junio: fin del plazo de presentación para declaraciones a ingresar -es decir, si sale a pagar a Hacienda- con domiciliación bancaria.
  • 30 de junio: fin del plazo para presentar la declaración.

¿Tengo que hacer la declaración de la renta?

Una de las primeras preguntas a la hora de rendir cuentas al Fisco es si estamos obligados a hacer la declaración de la Renta o no. Es necesario presentarla en cualquiera de los siguientes casos:

  • Si tuviste rendimientos del trabajo superiores a los 22.000 euros brutos al año.
  • Si registraste rendimientos del trabajo superiores a los 14.000 euros brutos al año procedentes de varios pagadores, siempre que la suma de lo percibido por el segundo y los restantes pagadores exceda los 1.500 euros.
  • Si cuentas con rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención superiores a 1.600 euros al año. Puedes leer más al respecto en nuestro artículo sobre cómo tributa la retribución en especie.
  • Si has ganado más de 1.000 euros gracias a rentas inmobiliarias, rendimientos de Letras del Tesoro de las que dispongas o subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, u otras ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas.

¿Qué deducciones se me aplican por mi vivienda?

Confirmar el borrador es la forma más rápida de hacer la declaración de la renta. Sin embargo, no has de apresurarte más de la cuenta, porque conviene que revises algunos elementos esenciales. Por ejemplo, es posible que este borrador no contenga todas las deducciones de las que puedes beneficiarte debido a que tus datos fiscales no sean correctos, en especial, si han cambiado tus circunstancias personales. Estas son las más habituales.

  • Deducción para viviendas compradas antes de 2013: los contribuyentes que hayan adquirido su vivienda habitual –o realizaran algún pago para su construcción– con anterioridad al 1 de enero de 2013 mantienen el derecho a la desgravación, siempre que ya la hubieran aplicado en años previos.  En concreto, pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas con un límite de inversión de 9.040 euros.

En País Vasco y Navarra pueden seguir practicando la deducción por vivienda habitual también los que compraron su casa en 2013.

  • Deducción por alquiler de vivienda habitual: esta deducción se divide en un tramo estatal y otro autonómico. El tramo estatal es aplicable en toda España a excepción de Navarra y País Vasco, y solo pueden disfrutar de él aquellos inquilinos que firmaron sus contratos de arrendamiento antes de 2015. En cuanto al tramo autonómico, depende, como su propio nombre indica, de cada Comunidad Autónoma, aunque prácticamente todas tienen algún tipo de deducción (salvo Murcia). Por tanto, es importante revisar a cuánto asciende en la región en la que vives. Además, aunque la mayoría de las deducciones por alquiler de vivienda están pensadas para inquilinos, debes saber que los caseros también pueden beneficiarse de algunas de ellas, desgravándose hasta el 60% de los rendimientos ligados al alquiler.

¿Debo reflejar en la declaración mis productos bancarios?

Los intereses de las cuentas remuneradas los depósitos están sometidos a una retención del IRPF como rendimientos de capital mobiliario, lo que influye en lo que te pagarán por tus ahorros. Es decir, tendrás que pagar un porcentaje de lo que ganes en concepto de impuestos:

  • Un 19% si los intereses no superan los 6.000 euros.
  • Un 21% entre 6.000,01 y 50.000 euros.
  • Un 23% para más de 50.000 euros.

Sin embargo, estas deducciones suele hacerlas el banco en el momento de abonarte los intereses, por lo que no tendrás que preocuparte por cometer errores en tu declaración. Por ejemplo, supón que en enero de 2019 abriste una Cuenta Nómina de Bankinter y mantuviste durante todo el año un saldo de 5.000 euros -la cantidad máxima sobre la que la entidad ofrece remuneración-. Esta oferta ofrece un interés del 5% y abona los intereses semestralmente, por lo que deberías haber recibido 125 euros al terminar junio y otros 125 euros al finalizar diciembre. Sin embargo, la entidad debió abonarte algo menos: 101,25 euros en cada uno de los plazos, ya que te retuvo los impuestos que debías pagar al Fisco por sacar partido a tus ahorros. Al no superar los 6.000 euros de remuneración, el tipo impositivo de la Cuenta Nómina de Bankinter es del 19%, es decir,  por cada pago de 125 euros que realiza el banco habría que pagar 23,75 euros. De ahí que la cantidad limpia que se recibe por parte de la entidad sea de 101,25 euros al semestre.

La misma tributación se aplica a los regalos de los bancos (que a ojos de Hacienda son una retribución en especie), y también a las cuentas que regalan dinero y a las cuentas con devolución de recibos domiciliados. A día de hoy, cuatro entidades disponen de estas ofertas: Abanca (te obsequiará con hasta 300 euros), seguida de Cajamar (200 euros), de Liberbank (con un obsequio de 150 euros) y de Openbank, que tiene dos promociones vigentes, con las que podrás conseguir 80 o 40 euros.

Los planes de pensiones, por su parte, tienen un tratamiento fiscal específico, y es importante que revises con atención las cifras que aparecen en tu borrador. La legislación contempla una reducción de la base imponible por las aportaciones realizadas a planes de pensiones con un límite de 8.000 euros. Eso sí, en el País Vasco y en Navarra la cosa cambia: el País Vasco fija el límite en 5.000 euros para contribuyentes individuales y Navarra lo hace en 3.5000 para menores de 50 años y en 6.000 para aquellos de más edad. Además, las personas con discapacidad pueden aportar 24.250 euros anuales en todo el país debido a sus necesidades especiales.

Nuestros consejos para hacer la declaración de la renta:

  • El primero de los consejos para hacer la declaración de la renta pasa por repasar bien tu borrador y comprobar que has aplicado todas las deducciones a las que tienes derecho o le estarás “regalando” dinero a Hacienda.
  • Si te pierdes con el papeleo y no estás seguro de que tu declaración sea correcta, acude a la Agencia Tributaria para que la elaboren por ti, o bien a una asesoría fiscal –algunas ofrecen este servicio por unos 50 euros–.
  • Si necesitas acudir a una de las sedes de la Agencia Tributaria para pedir ayuda presencial con tu declaración, ten en cuenta que las circunstancias son un poco especiales este año (igual que ocurre con otros trámites administrativos, como los de cambiar de banco tu cuenta bancaria). Aunque en principio se mantienen las fechas que te hemos comentado al principio del artículo y podrías pedir cita a partir del 5 de mayo, a día de hoy las oficinas de la Agencia Tributaria están cerradas, y aún no se sabe con seguridad si abrirán para atender al público. En cualquier caso, Hacienda ha puesto en marcha un nuevo servicio para atender a los contribuyentes telefónicamente que han denominado “Le Llamamos Plus”, por lo que podrás recibir atención de expertos para tu declaración sea cual sea la situación sanitaria.
  • Aunque pueda darte algo de pereza, no dejes la declaración para el último día para evitar imprevistos de última hora. De esta forma, podrás repasar bien toda tu documentación y seguir todos los consejos para hacer la declaración de la renta que te ofrecemos desde Kelisto.
  • Y recuerda, si cometes algún error en la declaración, tienes hasta 4 años para pedir una rectificación. Eso sí, si el resultado era a ingresar, deberás pagar los intereses de demora.
Consigue la mejor cuenta para ti y saca más partido a tu dinero
Imagen de banner
Noticias relacionadas
Descubre más noticias de
Finanzas
Te contamos la última hora
Consejos y Análisis
Comentarios